El diputado de ERC, Joan Puig, se bañó el 13 de agosto de 2005 en la piscina que el periodista Pedro J. Ramírez construyó en terrenos públicos construidos cerca de su casa de Mallorca, según el mismo Puig. El director de El Mundo interpuso una querella contra Joan Puig y otras 12 o 15 personas que intervinieron en la acción, por allanamiento de morada, coacciones, agresión y vulneración de su intimidad.
El Supremo considera ahora estos hechos como falta y no como delito. El Tribunal rechaza el recurso de Pedro J. Ramírez contra un auto de este órgano del pasado 12 de abril en el que se daba por concluida la instrucción de la causa.
El Alto Tribunal confirma así la resolución que consideraba lo sucedido como una "posible falta de coacciones" -tipificada en el artículo 620 del Código penal- y remite la causa al Juzgado de Instrucción número 4 de Manacor para que celebre allí el correspondiente juicio de faltas.